Artículo 142
Artículo 142. Tratándose de concesiones, permisos, licencias o autorizaciones a particulares, la información deberá precisar:
I. Nombre o razón social del titular;
II. Concepto de la concesión, autorización o permiso; y
III. Vigencia.
Tratándose de concesiones, permisos, licencias o autorizaciones a particulares, la información deberá precisar
| Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información | Archivo Excel | Archivo CSV |
|---|---|---|
| Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios |
Periodo de actualización de la información: Trimestral
Fecha de Actualización: 16/enero/2026
Fecha de Publicación: 16/enero/2026
Área o Unidad Administrativa responsable de la información: Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios
Permisos, licencias o autorizaciones a particulares
Permisos, licencias o autorizaciones a particulares