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Artículo 142

Artículo 142. Tratándose de concesiones, permisos, licencias o autorizaciones a particulares, la información deberá precisar: I. Nombre o razón social del titular; II. Concepto de la concesión, autorización o permiso; y III. Vigencia.

Tratándose de concesiones, permisos, licencias o autorizaciones a particulares, la información deberá precisar

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Periodo de actualización de la información: Trimestral

Fecha de Actualización: 16/enero/2026

Fecha de Publicación: 16/enero/2026

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