Artículo 123
Artículo 123. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma
impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos
y políticas que a continuación se detallan:
Información Relevante
| Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información | Archivo Excel | Archivo CSV |
|---|---|---|
| Dirección General de Prestación de Servicios médicos y Urgencias: Salud en tu Casa, Situación de Calle | ||
| Subsecretaría de Servicios Médicos e Insumos: Voluntad Anticipada, Prevención y Atención de la Violencia de Género | ||
| Dirección General De Diseño De Políticas, Planeación Y Coordinación Sectorial | ||
| Dirección de Medicamentos, Tecnología e Insumos |
Periodo de actualización de la información: Trimestral
Fecha de Actualización: 19/enero/2026
Fecha de Publicación: 19/enero/2026
Área o Unidad Administrativa responsable de la información: Subsecretaría de Servicios Médicos e Insumos: Salud en tu casa, Dirección General De Diseño De Políticas, Planeación Y Coordinación Sectorial,Dirección de Medicamentos, Tecnología e Insumos
Información Relevante
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