Artículo 121
Artículo 121. Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos,
de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Listado de solicitudes a empresas
| Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información | Archivo Excel | Archivo CSV |
|---|---|---|
| No Aplica, Dentro del ámbito de las facultades y atribuciones conferidas a esta Secretaría | No disponible | No disponible |
Periodo de actualización de la información: Trimestral
Fecha de Actualización: 31/enero/2017
Fecha de Publicación: 18/abril/2025
Área o Unidad Administrativa responsable de la información: Subdirección de la Unidad de Transparencia y Control de Gestión Documental