Artículo 121
Artículo 121. Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos,
de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Comité de Transparencia
| Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información | Archivo Excel | Archivo CSV |
|---|---|---|
| Subdirección de la Unidad de Transparencia y Control de Gestión Documental |
Periodo de actualización de la información: Trimestral
Fecha de Actualización: 26/enero/2026
Fecha de Publicación: 26/enero/2026
Área o Unidad Administrativa responsable de la información: Subdirección de la Unidad de Transparencia y Control de Gestión Documental
Resoluciones en materia de acceso a la información del Comité de Transparencia
Resoluciones en materia de acceso a la información del Comité de Transparencia