ARTÍCULO 143

Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:


  1. I. Tipo de Obra
  2. II. El lugar;
  3. III. El plazo de ejecución;
  4. IV. El monto (el original y el final);
  5. VI. La identificación del sujeto obligado ordenador y responsable de la obra;
  6. VII. El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y
  7. VIII. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.
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Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios

Ejecución de obra pública por invitación restringida


Ejecución de obra pública por invitación restringida


Periodo de actualización de la información: Trimestral
Fecha de Actualización: 15/enero/2024
Fecha de Validación: 15/enero/2024
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Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios