ARTÍCULO 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:


Fracción XXXVI

Bienes muebles e inmuebles

El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el moto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;


Dirección, Área o Unidad Administrativa responsable de la información
Archivo Excel
Archivo CSV
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios


Bienes muebles: Inventario
 



Bienes muebles: Inventario
 



Bienes muebles: Altas
 


Bienes muebles: Altas

 



Bienes muebles: Bajas
 


Bienes muebles: Bajas




Inventario de bienes inmuebles

 



Inventario de bienes inmuebles

 



Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles

 



Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles

 



Inventario de bajas practicadas a bienes imuebles

 



Inventario de bajas practicadas a bienes imuebles

 



Donaciones de bienes imuebles

 



Donaciones de bienes imuebles

 


Periodo de actualización de la información: Trimestral
Fecha de Actualización: 15/enero/2024
Fecha de Validación: 15/enero/2024
Área o Unidad Administrativa responsable de la información:
Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios